martes, 1 de septiembre de 2009

FALSO DECANO CARLOS GALLARDO DEL ILEGAL CPPe DEL MINEDU PUBLICA AVISO DESINFORMANDO AL MAGISTERIO NACIONAL SOBRE SU SITUACION JUDICIAL

EL “FALSO DECANO CARLOS GALLARDO GOMEZ PUBLICA AVISO PAGADO ENGAÑOSO EN SECCION POLÍTICA DEL DIARIO PERU 21, DESINFORMANDO AL MAGISTERIO NACIONAL SOBRE LA VERDADERA SITUACIÓN JUDICIAL DEL COLEGIO DE PROFESORES DEL PERU. PRETENDIENDO INICIAR SU PROPIA CAMPAÑA POLÍTICA, ACTITUD QUE TRANSGREDE Y DESNATURALIZA LOS ESTATUTOS Y EL CODIGO DE ETICA DEL COLEGIO DE PROFESORES DEL PERU”
Así lo manifestó el Dr. Luis Palacios Reyes, Decano Nacional de la Orden, en reunión de decanos y delegados regionales a nivel nacional, efectuado el día de hoy en su sede institucional.

Luego, detalló el Dr. Palacios : “Al amparo del Art 2° numeral 4) de la Constitución Política del Perú, SOLICITAMOS la aclaración o comentario sobre el anuncio periodístico pagado, publicado el 12 de agosto 2009 en la Pág. 6 del Diario Perú 21, bajo el título : "NUNCA HUBO DOS COLEGIOS-NUNCA SE IMPUGNO JUDICIALMENTE LAS ELECCIONES DEL COLEGIO DE PROFESORES DEL PERU..." suscrita por don Carlos Gallardo Gómez falso e ilegal decano CPPe por carecer de representatividad de nuestro colegio, en razón de que la cuestionada información carece de total veracidad, y que nuestra organización legítima y autónoma viene funcionando normalmente desde su fundación en 1968 reconocida por R.M.N°4147/68-ED, gestora de la Ley de su creación N°25231 y reconocido su actual decano Nacional Dr. Luis Palacios Reyes por sentencia del Tribunal Constitucional, su fecha 22 de julio del 2002, que declara fundada nuestra demanda y publicada en el Diario El Peruano el 17 de octubre del 2002 como Exp. 1365-2000-AC/TC el mismo que en ejecución de sentencia se procesó en el 48°Juzgado Civil de Lima (Exp.N°56104-2002) que fuera elevado via apelación a la Sexta Sala Civil de la Corte Superior de Lima (Exp. N°162-2007) y finalmente vía recurso de agravio constitucional actualmente en el Tribunal Constitucional (Exp. N°2360-2008) encontrándose al voto desde el 11 de julio del 2008 a la fecha para su fallo definitivo”.

Agregó, “Que paralelamente, el Ministerio de Educación en forma por demás abusiva, arbitraria e inconstitucional, violando la Autonomía de que gozan los colegios profesionales a tenor del Art. 20° de la Carta Magna vigente, convocó con su propio aparato estatal las elecciones digitadas para que su funcionario contratado Carlos Gallardo Gómez fungiera de decano y el colegio sea administrado por miembros de Patria Roja, partido de don Javier Sota Nadal entonces Ministro de Educación y renuente a acatar el mandato judicial del 48°Juzgado Civil de Lima . A raíz de esa maquinación y grave atropello constitucional, es que mi representada, en cautela de la legalidad procesal es que viene sosteniendo el precitado litigio judicial, sobre el cual ninguna autoridad puede avocarse.”

Continuó manifestando: “En consecuencia, el Tribunal Constitucional de la República, actualmente tiene pendiente emitir el fallo definitivo sobre ejecución de sentencia de aprobar el estatuto original y primigenio del Colegio de Profesores y declarar nula la convocatoria de elecciones que hiciera el Ministerio de Educación el 05 de abril del 2006 donde se eligiera, para colmo a "dos decanos Carlos Gallardo y Soledad Lozano" con estatuto inconstitucional y suplantado.

Recalcó: “Al existir pleito judicial pendiente, es aberrante y temerario que Carlos Gallardo, persona no inscrita en nuestro colegio se autodenomine decano y no representando legalmente al colegio, pretenda convocar a próximos comicios para la elección de la Junta Directiva Nacional, toda vez que las mismas serian ilegales y fraudulentas. De hacerlo constituirían una estafa más al Magisterio Nacional y caería en un espurio.”

Y exhortó al Magisterio Nacional, no dejarse sorprender por el pseudo decano Carlos Gallardo, que viene actuando al margen de nuestra institución, manipulando la autonomía del colegio a sus fines e intereses personales y de su grupo político partidario Patria Roja pretendiendo con falsa expectativa de convocar próximas elecciones de la Junta Directiva Nacional de la Orden recarnetizar y lucrarse cobrando S/. 50.oo a cada profesor con el viejo cuento de que si no lo hacen no podrán realizar trámite alguno ante el Ministerio de Educación en complicidad con sus condiscípulos de la Cantuta: Idel Vexler-Vice Ministro del Ministerio de Educación y otros funcionarios de dicho sector y UGELs; por lo tanto, no deben inscribirse en ninguno de los “colegios profesionales ilegales” por encontrarse actualmente en litigio judicial”

Finalmente, el citado Dr. Palacios expresó: “El Colegio de Profesores del Perú viene funcionando y realizando actividades institucionales a nivel nacional y regional reconocido por resolución de ONPE, participado en las elecciones del nombramiento de representantes ante el Consejo Nacional de la Magistratura y en la última convocatoria para la elección del Contralor General de la República; siendo el recurrente su actual Decano Nacional; y de ninguna manera el tal Carlos Gallardo, persona totalmente ajena a este gremio profesional; motivo por el cual solicitamos la información o comentario pertinente en su prestigioso medio informativo”.

Para mayor objetividad y evidencia, se adjunta a la presente, los siguientes documentos:

-Resolución de fecha 28 de marzo del 2008 de la Sexta Sala de la Corte Superior de Justicia de Lima que concede recurso de agravio constitucional y eleva la causa al TC, recepcionado por éste el 27 de mayo del 2008, y registrado como Expediente N° 2360-08-PC, actualmente se encuentra al voto (archivos adjuntos ).

-Copia del escrito Tener presente N° 015771, que demuestra que este proceso judicial se encuentra actualmente en trámite; por tanto, el MINEDU con su RM. 0114-2009-ED y Carlos Gallardo con su aviso pagado están mintiendo, sorprendiendo al magisterio nacional y a los medios de comunicación como al Diario Perú .21. (Archivos Adjuntos).


“POR LA CAUSA DE LA EDUCACIÓN NACIONAL”


PC. Segundo Contreras Espinola
Director Secretario del CPPP